martes, 29 de septiembre de 2009

¿QUÉ ES EL JUDAISMO? II

En el artículo anterior explicamos que una característica esencial del judaísmo como religión consiste en que reconoce la existencia de dos Torá, la Torá escrita y la Torá oral. ¿Cómo se originó la Torá oral? Con el correr del tiempo y cambiar las condiciones de vida del pueblo hebreo se fue haciendo necesario adaptar las normas de la Ley escrita a las nuevas condiciones y circunstancias. Ese es un proceso que debe haberse iniciado temprano de una manera natural desde el retorno del pueblo hebreo del exilio babilónico. Los sabios hebreos consideraron que había un pasaje en Deuteronomio que los autorizaba a hacer esa actualización: “Cuando alguna cosa te fuere difícil en el juicio, entre una clase de homicidio y otra, entre una clase de derecho legal y otra, y entre una clase de herida y otra, en negocios de litigio en tus ciudades; entonces te levantarás y recurrirás al lugar que Jehová tu Dios escogiere; y vendrás a los sacerdotes levitas, y al juez que hubiere en aquellos días, y preguntarás; y ellos te enseñarán la sentencia del juicio. Y harás según la sentencia que te indiquen los del lugar que Jehová escogiere, y cuidarás de hacer según todo lo que te manifiesten. Según la ley que te enseñen, y según el juicio que te digan, harás; no te apartarás ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te declaren.” (Dt 17:8-11). Esos cambios y adaptaciones puntuales pasaron a formar parte de las “tradiciones ancestrales” que normaban la vida cotidiana del pueblo judío.

En sus inicios el movimiento de los nazarenos, o seguidores de Jesús de Nazaret, era una secta más de las muchas que conformaban el variado judaísmo del primer siglo (junto a los saduceos, fariseos, zelotes, esenios, etc.). Pero al separarse los cristianos del judaísmo como una religión distinta –engrosadas sus filas con la afluencia de gentiles- y al haber retenido ellos la Torá escrita como Escritura, ya los judíos no podían afirmar que la Torá les pertenecía en exclusividad. Eso los llevó a elevar “las tradiciones de sus mayores” al estatus de una Torá oral, a la que atribuían un valor igual –y posteriormente mayor- que el atribuido a la Torá escrita. De esa manera el judaísmo podía afirmar que la Torá total les pertenecía a ellos exclusivamente.

De ahí faltó poco para que se sostuviera que la Torá oral había sido dada a Moisés en el Sinaí junto con la Torá escrita. Y que se afirmara que Abraham, el judío primordial, había cumplido toda la Torá (“mi precepto, mis mandamientos, mis estatutos y mis leyes”, Gn 26:5) antes de que fuera promulgada porque, como llegaron más tarde a sostener y veremos luego, la Torá es eterna. Esa noción contrasta con la afirmación de Pablo, basada en el Pentateuco, de que la Torá fue dada 430 años después de Abraham (Gal 3:17).

En la medida en que los cristianos negaban el valor de “las tradiciones de los mayores”, los rabinos exaltaban la Torá oral, que ellos exclusivamente poseían, y que llegaron a colocar por encima de la Torá escrita, que compartían con los cristianos. No existe certidumbre acerca de cuándo los judíos empezaron a llamar a sus tradiciones Torá oral, pero ciertamente fue después de muerto Jesús, posiblemente cuando se estableció la primera academia rabínica en Yavné, bajo la dirección de Johanan ben Zakai, después de la destrucción del templo el año 70 DC.

El pensamiento rabínico empezó a embellecer la experiencia del Sinaí y a llenarla de significado. ¿Por qué fue dada la Torá en el desierto, en la tierra de nadie? Si hubiera sido dada en Israel, los gentiles se hubieran sentido excluidos de ella. Si hubiera sido otorgada en otra tierra, sus habitantes hubieron pretendido que les pertenecía en exclusiva a ellos. Dada en el desierto, estaba disponible para todas las naciones. En verdad, Dios la ofreció a todos los pueblos, primero en cuatro lenguas diferentes, pero cuando esos pueblos se enteraron de que prohibía el asesinato, el adulterio y el robo, declinaron recibirla. La revelación del Sinaí fue hecha entonces en las 70 lenguas del mundo, que es el número de los 70 pueblos de la tierra, pero sólo Israel estuvo dispuesto a aceptarla. (Cita libre de una pasaje de “Judaism & Christian Beginnings”, de Samuel Sandmel)

Nótese que, según los rabinos, si Israel no hubiera pecado –es decir, si no hubiera desobedecido a la Torá- las Escrituras habrían concluido con la narración de la conquista de Canaán. A partir de entonces la comunidad santa habría vivido en paz eterna bajo la ley divina.

Para impedir que los cristianos se apoderaran también de la Torá oral, como se habían apropiado de la Torá escrita, se prohibió que sus leyes (los “halajot”) fueran puestas por escrito, debiendo ser confiadas exclusivamente a la memoria, a la vez que se prohibía que la Torá escrita fuera transmitida oralmente.

Sin embargo hay evidencias de que los rabinos usaban cortas anotaciones para ayudar a la memorización, llamadas en el mundo helenístico “hupomneumáta” o “jreia”. Es muy probable, dicho sea al pasar, que los discípulos de Jesús usaran también de procedimientos semejantes para registrar las enseñanzas orales de Jesús. Él, por lo demás, proclamaba con frecuencia sus enseñanzas en frases proverbiales cortas y rítmicas que facilitaban la memorización, como hacían también los rabinos. (Nota 1)

Por lo que se refiere a la existencia de esas normas tradicionales, en los libros extracanónicos (apócrifos) hay evidencias de las variadas maneras cómo los judíos piadosos observaban escrupulosamente las leyes no escritas por lo menos dos siglos antes de Cristo. Por ejemplo, Judit interrumpe los días sábado y con ocasión de la luna nueva y de las principales fiestas de Israel, el ayuno voluntario que había iniciado en señal de duelo por el fallecimiento de su marido, (Jt 8:6), porque estaba prohibido ayunar en esos días. A su vez, Tobías da muestras de su piedad cumpliendo con la obligación de enterrar a los muertos que, según la norma tradicional –que luego confirmó la ley rabínica- pasa antes que el estudio de la ley, la circuncisión y el sacrificio del cordero pascual (Tob 1:17-19; 2:1-9). (2)

Si bien los judíos creen que cada palabra de la Torá escrita es palabra de Dios, no creen que el sentido literal de la misma revele plenamente su mensaje. Para conocerlo hay que estudiar el significado simbólico de las palabras (e incluso de las letras) y eso es lo que hay que investigar. Por ejemplo, los siete días de la creación son una referencia simbólica al proceso de la creación en sí, no una verdad literal. (Jesús s.e. entendía la Escritura en su sentido literal.)

Según el rabino Akiva, (primera mitad del 2do siglo) cada verso de la Torá es susceptible de 70 interpretaciones diferentes que, incluso, pueden contradecirse mutuamente.

Los sabios judíos del Medio Evo sostenían que en la interpretación de las Escrituras hay cuatro niveles, que ellos designan con el acrónimo PARDES, (palabra de origen persa que quiere decir "jardín"), y que está formada por la letra inicial de cada nivel: Peshat, remez, derash, sod, los cuales designan respectivamente los niveles literal, alegórico, interpretativo, y místico o esotérico. (Estos niveles de interpretación corresponden en cierta manera a los métodos exegéticos empleados tradicionalmente por la iglesia: literal, alegórico, analógico, y místico. El sentido tipológico no existe en el judaísmo.)

En el desarrollo del nivel interpretativo, o derash, hay dos categorías: la Halajá y la Agadá. La Halajá es la interpretación legal por medio de la cual se derivan, o se extraen, las reglas o normas que deben regir la vida del judío, llamadas precisamente halajá en singular, y halajot en plural. La Agadá comprende todo lo demás: homilías, doctrina, narración, etc. (3)

Para desarrollar instrucciones prácticas la Halajá debe seguir reglas estrictas de interpretación, no así la Agadá, que es libre.

Existen varios conjuntos de reglas de interpretación aplicables a la Halajá: Las siete reglas atribuidas a Hillel, los 13 middoth desarrollados por Ismael ben Elisha a inicios del siglo II, las 32 reglas elaboradas poco después por Eliécer ben José ha-Galili. Las más notorias de éstas últimas reglas son la Gematria (que computa los valores numéricos de las letras, y que tiene mucho uso en la Cábala), y el Nótrikon, que divide las palabras en dos o más partes, y analiza cada parte e incluso cada letra por separado investigando el significado de cada una.

Las más conocida de las siete reglas atribuidas a Hillel es la “Kal va jomer”, o “argumento a fortiori”, que encontramos con frecuencia en el Nuevo Testamento, en boca de Jesús y de Pablo, y que se caracteriza por la pregunta: “¿Cuánto más…?”. Como por ejemplo en el siguiente pasaje: “Pues si vosotros, siendo malos, soléis dar buenas dádivas a vuestros hijos, ¿cuánto más vuestro Padre celestial dará el Espíritu Santo a los que se lo piden?” (Lc 11:13). (4) Pero el hecho de que se encuentre un ejemplo en el Sirácida, que data de mediados del segundo siglo antes de Cristo (“Hay reprensión inoportuna y hay silencio de verdad sensato. ¡Cuánto mejor reprender que estar airado! 20:2), nos hace pensar que esa regla es anterior a Hillel, que vivió un siglo después. (5)

Para los sabios judios lo más importante de los cinco libros de la Torá son las leyes que se han dado para vivir, por lo que el comentarista medieval, Rashi, se preguntaba por qué la Torá no comienza en el cap. 12 del libro del Éxodo, que es donde figuran las primeras reglas o mandamientos (las instrucciones que Dios le da a Moisés sobre cómo el pueblo debía observar la primera Pascua antes de la salir de Egipto). Esos mandamientos contenidos en la Torá se designan con la palabra mitzvá (mitzvot en plural). Rashi, sin embargo, olvida que el primer mandamiento de la Torá figura en el libro del Génesis: “Sed fructíferos y multiplicaos…” (Gn 1:28), y que no está dirigido al pueblo hebreo en particular sino a la humanidad en general.

Esta obsesión por las reglas que norman la conducta es muy singular, y constituye uno de los aspectos más característicos del judaísmo rabínico. Para justificar la proliferación de reglas, los sabios afirman que no basta con hacer lo que Dios manda. Es necesario hacerlo en la forma como Él desea que se haga. A esa obsesión normativa alude Jesús cuando reprocha a los fariseos imponer cargas pesadas a la gente que ni ellos pueden cumplir (Mt 23:4). A esas cargas se refería Jesús en el famoso pasaje sobre el yugo: “Venid a mí todos los que estáis fatigados y cargados, y yo os haré descansar. Llevad mi yugo sobre vosotros y aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón, y hallaréis descanso para vuestras almas; porque mi yugo es fácil y mi carga ligera.” (Mt 11:28-30). Un eco de esas palabras se encuentra en el discurso que Pedro pronuncia en el Concilio de Jerusalén cuando habla del “yugo que nuestros padres ni nosotros hemos podido llevar.” (Hch 15:10).

A esa noción oponen los rabinos el gozo de tomar sobre sí “el yugo de la Torá”, lo cual consideraban era un privilegio dado a su pueblo: “El Santo, bendito sea Él, se complació en hacer que Israel adquiriera méritos. Con ese fin multiplicó para ellos la Torá y los mandamientos.” (Mishná. Makkot 3:16). El erudito J. Neusner añade que ése sería el remedio para la tendencia innata del hombre a rebelarse y pecar. (Classical Christianity and Rabinic Judaism”). “En el pensamiento rabínico –dice S. Sandmel, obra citada arriba- la acumulación de buenas obras se convierte en un depósito, en un tesoro de méritos acumulados.” Y añade que este tema se encuentra también en la literatura intertestamental y en los evangelios. Compárese esta cita del Talmud (“Los tesoros en la tierra pueden ser capturados por hombres poderosos; los del cielo son inmunes a la captura.”, Baba Bartra 11:a), con las palabras de Jesús oponiendo los tesoros en la tierra a los tesoros en el cielo (Mt 6:19-21).

Aunque los judíos no usan las palabras “salvación” y “gracia” porque tienen un sabor demasiado cristiano, el judaísmo rabínico enseña que la salvación (no sólo la del individuo sino también la redención del mundo) se alcanza mediante las obras, esto es mediante actos realizados en obediencia a las demandas de la Torá. (Recuérdense, en contraste, la palabras de Pablo acerca de las “obras de la ley” mediante las cuales el hombre no puede ser justificado). Pero también el Antiguo Testamento enseña la salvación por las obras: “Por tanto, guardaréis mis estatutos y mis ordenanzas, los cuales haciendo el hombre, vivirá por ellos.” (Lv 18:5). “Guarda mis mandamientos y vivirás.” (Pr 4:4). Véase también Nh 9:29 y Ez 20:21. (6)

Notas: 1. B. Gerhardsson, “The Origins of the Gospel Traditions”.
2. Según G.F. Moore, “Mucho de los que nosotros conocemos por las fuentes rabínicas del primer y segundo siglo DC, era costumbre y ley en los siglos precedentes” (“Judaism” Vol I, pag 71).
3. No debe confundirse la Agadá con la Haggadá, que es el libro que contiene el ritual de la fiesta de la Pascua que se celebra anualmente en todo hogar judío (Seder), y que consiste básicamente en la narración de la salida de Egipto (en cumplimiento de lo prescrito en Ex 13:8), la bendición de las cuatro sucesivas copas de vino y el canto de salmos e himnos. Los elementos básicos de esta celebración fueron observados por Jesús en la Última Cena (Lc 22:14-20). El orden del ritual del Seder está expuesto en el tratado Pesahim de la Mishná.
4. Hay otros ejemplos en Mt 10:25; Rm 11:12,24; Hb 9:14; 10:29, etc.
5. Según el erudito judío cristiano, David Daule, esa regla es de origen griego.
6. Una huella de esta concepción se encuentra en el episodio del joven rico que le pregunta a Jesús: “¿Qué bien haré para tener la vida eterna?” A lo que Jesús le contesta: “Si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos.” (Mt 19:16,17).


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